Con el argumento de disminuir la falta de agua para consumo humano en Hermosillo, Sonora, en 2010 Guillermo Padrés Elías, entonces gobernador de ese estado y posteriormente acusado de operaciones con recursos de procedencia ilícita y defraudación fiscal, anunció la construcción del Acueducto Independencia.
Integrantes de la tribu Yaqui interpusieron una serie de amparos para evitar la construcción de esta obra pública que, de acuerdo a las advertencias de organismos de la sociedad civil e internacionales, provocarían alteraciones a los patrones hidrológicos de la región. El gobierno local ignoró el falló de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que ordenó demostrar que no generaba un daño irreparable al pueblo indígena.
Pese a los resultados negativos en este caso, la batalla legal de los habitantes de la zona es un ejemplo de la importancia de los recursos legales para cuestionar y detener el curso de obras públicas que no tienen sustento o que generan impacto adverso a un sector de la sociedad, advierte Gerardo Carrasco, director jurídico de Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad (MCCI).
Por esta razón, Carrasco considera una “falacia” la iniciativa para reformar el artículo 25 de la Constitución y el 129 de la Ley de Amparo para establecer como una causal de improcedencia de la suspensión en un juicio de amparo, que se provocan perjuicios al interés social, cuando se impida o interrumpa la ejecución de obra pública en dichos sectores, que Ricardo Monreal planea presentar ante el pleno del Senado.
“La razón por la que hacen esto es que la suspensión en materia de amparo, es decir que ordena el juez que todo se congele en lo que concluye el juicio, procede siempre y cuando no se siga en perjuicio del interés social entre otros requisitos. Si se pone en la constitución que todas las obras públicas van a ser de interés social, en automático estás anulando la posibilidad de que un ciudadano obtenga una suspensión cuando su juicio se trate de una obra pública”, afirma el especialista.
La iniciativa que se podría presentar en el próximo periodo ordinario en la Cámara Alta, surge en un contexto de criticas en contra de la adaptación de la base aérea militar de Santa Lucia en un aeropuerto comercial, cuyas obras de inicio fueron retrasadas en 2019 ante los juicios de suspension como parte de diversos amparos que se promovieron.
El colectivo #NoMásDerroches integrado por organismos de la sociedad civil, empresariales y grupos de abogados integraron 147 juicios de amparo en contra del proyecto.
“El motivo por el cual se propone esta reforma son los juicios de #NoMásDerroches, porque son los únicos procedimientos que han logrado suspender por varios meses una obra pública por varios sexenios. No se puede legislar con base en las pequeñas victorias que va teniendo la ciudadanía únicamente para tratar de evitarlas, es lamentable que se pretenda establecer en la constitución y las leyes que todo lo que haga el gobierno en materia de infraestructura pública va a estar bien y no hay ningun tipo de concepto de autocrítica”, señala el especialista.
La iniciativa propone establecer en el artículo 25 de la Constitución que el desarrollo de obra pública e infraestructura en materias de educación, salud, medio ambiente, seguridad pública, seguridad nacional, penitenciaria, comunicaciones, transportes, hidráulica, energética, turística y cualquier otra rama o servicio público sea considerado de interés social.
Asimismo propone integrar al artículo 129 de la Ley de Amparo para establecer como una causal de improcedencia de la suspensión, que se provocan perjuicios al interés social, cuando se impida o interrumpa la ejecución de obra pública en dichos sectores