Por Ramón Mendoza S.

 

“Más allá de que la propia ley permite tener un arma de fuego en el hogar, que no sea del uso exclusivo de las Fuerzas Armadas ni del Ejército, las circunstancias que permean hoy en día en el país en materia de inseguridad, abre la posibilidad de que esta práctica se extienda aún más entre los ciudadanos.

Incluso como una respuesta a los tiempos de inseguridad y en pleno respaldo a los derechos de la ciudadanía, fue considerada la aprobación del Senado, desde el año pasado, al derecho absoluto a la legítima defensa del ciudadano sin ser procesado penalmente.

“La aprobación del Congreso de la legítima defensa, aparece en la reforma al Código Penal, que permite que ante el ingreso de intrusos en los domicilios, el morador pueda defenderse sin enfrentar un proceso de tipo penal”, explicó el abogado Arturo Javier López Córdova.

En opinión del presidente de la Federación de Abogados de Tamaulipas ‘Licenciado Javier López Ríos’, es trascendental este cambio en nuestra Constitución, luego que al suceder un incidente de este tipo donde el morador de la vivienda enfrentaba, lesionaba o mataba a un delincuente en defensa de su seguridad, la de su familia y propiedad, no escapaba a enfrentar un juicio para deslindar responsabilidades y demostrar legítima defensa.

Asintió en que los efectos que busca este ajuste a la Constitución, es prácticamente desaparecer aquello de ser detenido y enfrentar un juicio hasta comprobar que fue en legítima defensa.

Esta controvertida jurisprudencia ha sido retomada por los diputados locales Florentino Aron Sáenz Cobos y Félix Fernando García Aguiar, quienes consideran que el derecho a tener armas es ya una facultad ciudadanía que permite la ley.

La reforma destaca la legítima defensa contenida en el Código Penal, lo cual permitirá que ante la intromisión de algún intruso a la vivienda (ladrón, delincuente, o no) que atente contra la integridad física o bienes patrimoniales, el morador podrá defenderse sin ser procesado penalmente.

Aclaró el abogado que la iniciativa aprobada solamente garantiza la legítima defensa en viviendas y no en negocios o automóviles propiedad de la víctima, aunque se prevé que en un futuro se pueda aplicar a los negocios y vehículos.